CAPÍTULO IX PRINCIPIOS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS ÓRGANOS
ESTATALES
Artículo 68.- Los órganos del Estado se integran y
desarrollan su actividad sobre la base de los principios de la democracia
socialista, que se expresan en las reglas siguientes:
a) todos los órganos representativos de poder del Estado son electivos y
renovables;
b) las masas populares controlan la actividad de los órganos estatales, de
los diputados, de los delegados y de los funcionarios;
c) los elegidos tienen el deber de rendir cuenta de su actuación y pueden
ser revocados de sus cargos en cualquier momento;
ch)cada órgano estatal desarrolla ampliamente, dentro del marco de su
competencia, la iniciativa encaminada al aprovechamiento de los recursos y
posibilidades locales y a la incorporación de las organizaciones de masas y
sociales a su actividad,
d) las disposiciones de los órganos estatales superiores son obligatorias
para los inferiores;
e) los órganos estatales inferiores responden ante los superiores y les
rinden cuenta de su gestión;
f) la libertad de discusión, el ejercicio de la critica y autocrítica y la
subordinación de la minoría a la mayoría rigen en todos los órganos estatales
colegiados.