Artículo 39.- El Estado
orienta, fomenta y promueve la educación, la cultura y las ciencias en todas sus
manifestaciones. En su política educativa y cultural se atiene a los postulados
siguientes:
a) fundamenta su política educacional y cultural en los avances de la
ciencia y la técnica, el ideario marxista y martiano, la tradición pedagógica
progresista cubana y la universal;
b) la enseñanza es función del Estado y es gratuita. Se basa en las
conclusiones y aportes de la ciencia y en la relación mas estrecha del estudio
con la vida, el trabajo y la producción. El estado mantiene un amplio sistema
de becas para los estudiantes y proporciona multiples facilidades de estudio a
los trabajadores a fin de que puedan alcanzar los mas altos niveles posibles
de conocimientos y habilidades. La ley precisa la integración y estructura del
sistema nacional de enseñanza, así como el alcance de la obligatoriedad de
estudiar y define la preparación general básica que, como mínimo, debe
adquirir todo ciudadano;
c) promover la educación patriótica y la formación comunista de las nuevas
generaciones y la preparación de los niños, jóvenes y adultos para la vida
social. Para realizar este principio se combinan la educación general y las
especializadas de carácter científico, técnico o artístico, con el trabajo, la
investigación para el desarrollo, la educación física, el deporte y la
participación en actividades políticas, sociales y de preparación militar;
ch)es libre la creación artística siempre que su contenido no sea
contrario a la Revolución. Las formas de expresión en el arte son libres;
d) el Estado, a fin de elevar la cultura del pueblo, se ocupa de fomentar
y desarrollar la educación artística, la vocación para la creación y el
cultivo del arte y la capacidad para apreciarlo;
e) la actividad creadora e investigativa en la ciencia es libre. El Estado
estimula y viabiliza la investigación y prioriza la dirigida a resolver los
problemas que atañen al interés de la sociedad y al beneficio del pueblo;
f) el Estado propicia que los trabajadores se incorporen a la labor
científica y al desarrollo de la ciencia;
g) el Estado orienta, fomenta y promueve la cultura física y el deporte en
todas sus manifestaciones como medio de educación y contribución a la
formación integral de los ciudadanos;
h) el Estado defiende la identidad de la cultura cubana y vela por la
conservación del patrimonio cultural y la riqueza artística e histórica de la
nación. Protege los monumentos nacionales y los lugares notables por su
belleza natural o por su reconocido valor artístico o histórico;
i) el Estado promueve la participación de los ciudadanos a través de las
organizaciones de masas y sociales del país en la realización de su política
educacional y cultural.
Artículo 40.- La niñez y la juventud
disfrutan de particular protección por parte del Estado y la sociedad. La
familia, la escuela, los órganos estatales y las organizaciones de masas y
sociales tienen el deber de prestar especial atención a la formación integral de
la niñez y la juventud.